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Duty Free en Posadas: quién debe medir el impacto local

El debate por el Duty Free en Posadas suma un pedido de evaluar su impacto. La normativa de Misiones ya prevé un comité y estadísticas de consulta pública.

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Ilustración en linograbado de una vidriera comercial y el puente internacional sobre el Paraná en Posadas
Ilustración editorial generada con inteligencia artificial.

El debate por el Duty Free en Posadas sumó un planteo del diputado nacional Oscar Herrera Ahuad: evaluar qué efecto tendrá sobre los negocios que vendan productos similares. Sus declaraciones, difundidas este miércoles por La Data Mix, encuentran un antecedente concreto: el reglamento de la zona franca ya asigna esa evaluación a un organismo con participación estatal, empresarial y laboral.

El reclamo comercial tiene un punto todavía abierto. Federico Panozzo, presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Posadas, dijo a El Territorio que la entidad pidió al municipio precisiones sobre los rubros del establecimiento previsto en la cabecera del puente internacional y no las había recibido. También reclamó participación institucional.

La apertura en diciembre aparece como una previsión transmitida por Panozzo, no como una fecha comprobada en una habilitación definitiva. Tampoco hay en las fuentes consultadas una medición que permita atribuir al emprendimiento una cantidad de empleos perdidos o futuros.

La evaluación ya tiene un responsable previsto

La Resolución 1449/2025 autorizó la expansión de la Zona Franca de Puerto Iguazú a Posadas y Bernardo de Irigoyen. Se trata de recintos delimitados, no de una exención extendida a todos los comercios de esas ciudades.

El reglamento, disponible también en su texto actualizado, establece un Comité de Vigilancia integrado por representantes provinciales, municipales, aduaneros, empresariales y laborales. Entre sus funciones figuran evaluar el impacto regional y articular la actividad con los planes de la provincia y del municipio.

Además, debe fiscalizar que el concesionario y los usuarios aporten estadísticas económicas y comerciales de libre consulta. Es una responsabilidad prevista en la norma; la documentación revisada para esta nota no permite establecer cómo se está cumpliendo específicamente en la expansión posadeña.

Por eso, el pedido de una comisión que formula la Cámara no debe confundirse automáticamente con la inexistencia del Comité de Vigilancia. Son afirmaciones diferentes y la segunda exigiría otra prueba.

La promesa empresarial y la pregunta pendiente

La empresa había ofrecido una lectura distinta. En octubre de 2025, Francisco Heredia, vocero de London Supply, explicó a Radioactiva, en una entrevista publicada por El Territorio, que buscaban replicar el modelo de Iguazú. Afirmó que su política era no vender productos argentinos para evitar competir con el mercado local.

Esa distinción no resuelve por sí sola la inquietud actual: un negocio posadeño también puede vender importados. Comparar rubros y condiciones de venta resulta más útil que enfrentar una promesa de inversión con un pronóstico de daño todavía no medido.

El cruce deja una pregunta pública concreta: qué evaluación del impacto sobre Posadas estará disponible y quién la presentará. El reglamento ofrece un responsable institucional y una obligación de información. Conocer su aplicación permitiría discutir la convivencia comercial con evidencia, antes de convertir expectativas empresariales o temores sectoriales en resultados consumados.

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